Preguntas frecuentes

Resolvemos las dudas más comunes sobre nuestros servicios fiduciarios: cómo protegen el patrimonio, qué tipos existen, cómo se reporta el avance y qué pasos seguir para iniciar. Si necesita un caso específico, escríbanos y con gusto le asesoramos.

Contrato en virtud del cual una persona (fideicomitente) transfiere uno o más bienes a una Fiduciaria (persona jurídica), para la constitución de un patrimonio separado, cuya administración será ejercida según las instrucciones del o de los fideicomitentes, en favor de una o varias personas, llamadas fideicomisarios, con la obligación de restituirlos a la extinción del acto, a la o las personas designadas en el referido acto o de conformidad con la ley.

El portafolio incluye: Preventa, Planificación Sucesoral, Garantía, Administración y Pagos, Oferta Pública, Inversión y Desarrollo Inmobiliario, Control Accionario y Viviendas de Bajo Costo.

Que puede realizar la actividad fiduciaria conforme a la regulación local y supervisión competente (Superintendencia de Bancos), ofreciendo un marco de cumplimiento y respaldo para clientes y beneficiarios.

Los bienes se separan del patrimonio personal/empresarial del fideicomitente y del fiduciario (segregación patrimonial). La administración sigue las reglas del contrato: destino de fondos, hitos, beneficiarios y reportes.

Se establecen en el contrato (p. ej., estados de cuenta, hitos de obra, cumplimiento de obligaciones). Usualmente son periódicos y orientados a la trazabilidad de fondos y decisiones.

Sí. Es común diseñar estructuras híbridas que respondan al ciclo completo de un proyecto (captación, administración, pagos y salida), siempre que el contrato lo disponga.

Incluyen honorarios de estructuración y administración (fijos y/o variables), gastos bancarios/notariales y, si aplica, auditorías o tasas regulatorias. Se cotiza caso a caso.

Al menos: fideicomitente(s), fiduciario, beneficiarios y, según el tipo, fideicomisario/acreedor o terceros (constructor, inversionistas, etc.). Sus roles y atribuciones quedan definidos en el contrato.

¿Listo para estructurar su fideicomiso?

Scroll to Top